Un año después, la transición sigue abierta
Pocas reformas se miden mejor con el paso del tiempo que las que tocan a las instituciones. El 20 de marzo de 2025 el Congreso mexicano aprobó tres leyes que, al entrar en vigor al día siguiente, disolvieron oficialmente el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). La medida derivó de la reforma constitucional de “Simplificación Orgánica”, publicada el 20 de diciembre de 2024, que eliminó varios órganos autónomos. Más de un año después, la sustitución todavía no termina de cerrarse.
Qué desapareció y qué lo sustituye
El INAI no era un organismo cualquiera dentro del andamiaje democrático. Hasta su eliminación garantizaba dos derechos —el acceso a la información pública y la protección de datos personales—, contaba con autonomía funcional y financiera, y sus siete comisionados eran designados por el Senado por mayoría de dos tercios. Sus funciones se repartieron: el acceso a la información quedó en un nuevo órgano desconcentrado, Transparencia para el Pueblo, y la protección de datos pasó a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG); además se previeron 18 nuevas autoridades federales de transparencia y el número de comisionados se redujo de siete a uno.
El propio Gobierno enmarcó el cambio en clave de eficiencia. La Presidencia señaló que la nueva secretaría absorbería cerca del 80 por ciento de las funciones del INAI con apenas el 35 por ciento de su estructura, y la SABG afirmó estar lista para asumir esas tareas y fortalecer la seguridad de los datos personales.
El vacío institucional
El calendario, sin embargo, no acompañó al diseño. Según un análisis de la revista Proceso publicado a inicios de 2026, los estados estaban obligados a adecuar sus constituciones y crear nuevas autoridades garantes, pero los plazos no se cumplieron y, en la práctica, los institutos locales se extinguieron antes de que sus sustitutos estuvieran en marcha. El resultado, describió la publicación, es un vacío que deja a la ciudadanía sin claridad sobre qué autoridad es competente cuando una dependencia niega información, con una parálisis real de los recursos de inconformidad —el mecanismo para apelar una negativa— y un aumento de las reservas de información, incluso en temas sensibles.
Dos lecturas
El expediente admite, otra vez, dos relatos sostenidos por fuentes distintas. Del lado del Ejecutivo, la reforma es una simplificación que ahorra recursos y centraliza en una sola estructura tareas antes dispersas. Del lado crítico, la organización R3D advirtió que la nueva ley no proyecta a la secretaría como un órgano que rinda cuentas, pues elimina su obligación de informar al Congreso, y que el marco perdió la oportunidad de fijar obligaciones claras de protección de datos para los particulares. Especialistas consultados por medios mexicanos añadieron que las nuevas leyes no actualizaron temas como datos biométricos, inteligencia artificial o redes sociodigitales, y que faltaban los reglamentos que debían publicarse en los meses siguientes a su entrada en vigor.
Por qué importa para un diario de datos
El punto de fondo excede a México. La transparencia es la condición previa del periodismo de datos y de la rendición de cuentas: sin un garante que ordene entregar la información y sancione cuando se niega, el derecho existe en el papel pero se vuelve difícil de ejercer. La pregunta que el caso deja abierta no es si la nueva secretaría puede cargar los 14 millones de registros que ya alojaba la Plataforma Nacional de Transparencia, sino si una autoridad sin la independencia del organismo que sustituye puede obligar al propio Gobierno del que depende a abrir lo que prefiere reservar. Esa respuesta, más de un año después, sigue construyéndose estado por estado.